Leyes aplicables a la problemática: Inundaciones por acumulación de desechos en alcantarillas y su impacto ambiental.

Universidad Autónoma del Estado de México
Plantel “Lic. Adolfo López Mateos”
De la Escuela Preparatoria

Tema: “Inundaciones por acumulación de desechos en alcantarillas y su impacto ambiental en el municipio de Zinacantepec”




Docente: Lic. en D. Erick Vieyra Méndez


Integrantes del equipo:
Malaquías Pérez Alma Gpe
Reza Reyes Alexia
Sánchez García Erick Daniel
Serrano Gonzaga Janitzi Irazu


5to Semestre     Grupo 22
Turno vespertino
Ciclo escolar 2017-B


Introducción


“El medio ambiente es el conjunto de componentes físicos, químicos, biológicos y sociales capaces de causar efectos directos o indirectos, en un plazo corto o largo, sobre los seres vivos y las actividades humanas.”Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente (Estocolmo 1972).
Es evidente que cada individuo percibe el medio ambiente de un modo distinto, dependiendo por ejemplo de la educación que haya recibido, el lugar del mundo en el que habite o la ideología o religión que profese, generando así un concepto muy abierto y subjetivo.
Sin embargo el medio ahora depende de los seres que alberga, el ser humano principalmente, se ha dedicado a la satisfacción de sus necesidades de manera que no actúa sustentablemente, creyendo que los recursos no tienen un fin aunque mucho ya se ha hablado de la conciencia responsable que la sociedad debe tener con su entorno.
Con el paso de los años y el incremento desmedido de la población, se han sufrido cambios relevantes en los aspectos ambientales, tales como cambio repentino de climas, pérdida de biodiversidad, así como fenómenos causados por el hombre y su irresponsabilidad con el entorno.
El medio ambiente se ha visto afectado por las acciones del ser humano, ya sea ocasionándole de forma directa o indirecta un daño persistente. Una problemática  de relevancia mundial es la producción de basura; ésta es arrojada a ríos, mares, lugares públicos (calles, zonas recreativas, etc.), zonas naturales (parques, bosques u otro medio donde habita un gran número de flora y fauna) o zonas con un incremento de población. En las zonas urbanas la basura representa un problema permanente, lo cual desarrolla la acumulación de desechos en diferentes sitios del lugar.
La mayor parte de los desechos que son arrojados en la calle terminan en las alcantarillas o en los sistemas de drenaje, generando impactos y fenómenos negativos para las personas que residen en las zonas urbanas.
Uno de estos fenómenos son las inundaciones, las cuales pueden presentarse naturalmente si las condiciones hidrológicas así lo permiten. Hoy en día las inundaciones son causa de los descuidos humanos por la falta de conciencia y  cultura hacia el lugar en el que vive y les rodea.


Las inundaciones (graves o no)  a lo largo del tiempo han sido devastadoras en las diferentes zonas del país, sin embargo en esta ocasión limitaremos al Estado de México. En específico a la problemática que atañe al municipio San Miguel Zinacantepec.
Las inundaciones por acumulación de desechos y su impacto ambiental son centro de atención y preocupación para sus habitantes, puesto que al sufrir esta condición se fomenta el desarrollo de baterías, virus, daños económicos, pérdidas humana y pérdida de propiedades personales.


Es importante mencionar que el fluir de aguas que emanan es principalmente de  las alcantarillas, que contienen desechos sanitarios.  Éstas aguas contaminadas logran superar los límites de pavimentación, logrando así el ingreso de las corrientes de agua a las casas de la zona céntrica del municipio.


En cuanto al medio, los desechos y el agua contaminada invaden tierras de cultivo, provocando la falta de fertilidad y mala calidad en las cosechas.
Hoy en día es imposible que no se generen desechos (basura), pero la presencia de consecuencias no es más que el resultado del descuido de la población.
Pero también se hace hincapié hacia la falta de organización gubernamental del municipio, la cual cuenta con los recursos necesarios para tener un control y orden de los sistemas de drenaje y alcantarillado, es la irresponsabilidad el otro factor que contribuye a la presencia de inundaciones y falta de mantenimiento de los sistemas de drenaje del municipio.


Por todo lo anterior, la motivación del presente trabajo radica en la preponderancia de la concienciación en la población, a cuidar lo que hacen con sus desechos, ya que estos son arrastrados por las aguas pluviales.
Perseguimos demostrar la hipótesis, con bases y argumentos sólidos sobre cuál es el impacto ambiental de las inundaciones en el municipio de Zinacantepec, claro están sus causas y consecuencias.
Así como también evidenciar y explicar el surgimiento de  la acumulación de desechos en las alcantarillas de Zinacantepec.
Además el identificar las zonas que se ven más afectadas por las inundaciones, ya que estas comunidades sufren con más frecuencia pérdidas materiales, y algunos que poseen tierras de cultivo su economía se ve de igual manera afectada.


Dado que un propósito de esta investigación es generar alternativas de solución se debe tomar en cuenta que se pueden tomar muchas acciones para proteger bienes y propiedades si se reciben precauciones a tiempo.
Mientras que algunas amenazas de fenómenos son impredecibles, muchas de éstas que ocurren como consecuencia de la degradación y manejo inadecuado del medio ambiente, y debido a actividades antrópicas pueden ser bien prevenidas.




Planteamiento del problema


A lo largo de los años la sociedad va cambiando conforme sus necesidades se lo piden, desgraciadamente la mayoría de dichos cambios son  consecuencia de sus propias acciones al querer satisfacer sus necesidades.
Sin embargo, dentro de la sociedad no existe la cultura apropiada para responsabilizarse adecuadamente.
La acumulación de basura es un claro ejemplo, el cual desencadena una serie de problemas en el ambiente y a la misma sociedad.


En el municipio de Zinacantepec existen factores alternos que propician las inundaciones, como es la falla del drenaje o alcantarillado. Estas inundaciones pueden ser a causa de acumulación de agua de lluvia, un inadecuado mantenimiento a las coladeras,  una mala planeación y construcción de avenidas, o
debido a los desechos orgánicos e inorgánicos producidos por el ser humano.


Estos desechos impiden el paso del flujo de agua y causan taponamientos en el drenaje, derivando un aumento desmedido del nivel del agua.
Cabe destacar que las condiciones geográficas del Municipio pueden contribuir a las inundaciones, ya que Zinacantepec cuenta con un cerro (localidad de San Antonio Acahualco), de ahí su toponimia “En el cerro del murciélago”. De manera que, en condiciones climáticas lluviosas el agua fluye hasta las avenidas principales, ocasionando inundaciones.
Así mismo existe el desentendimiento por parte del gobierno en curso, puesto que no brinda la atención necesaria en el mantenimiento de las calles o alcantarillas del municipio.


Esta problemática es de gran relevancia, debido a todo lo que conlleva. Una inundación no puede ser controlada, lo que provoca daños a la fauna y vegetación del lugar, se produce caos y daños en zonas urbanas, puede causar erosión en el suelo y del mismo modo afecta la vida humana.








Leyes para la mediación y control de las inundaciones causadas por  acumulación de desechos en alcantarillas y su impacto ambiental







Constitución  

  • Artículo 4°  constitucional: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

  • Artículo 27º constitucional: [...] Se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico…

  • Artículo 115 constitucional: Especifica que los municipios tienen a su cargo los servicios públicos de agua potable, drenaje alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales.
Tratados Internacionales
  • Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Francesa sobre el Mecanismo de Desarrollo Limpio, en el marco del Artículo 12 del Protocolo de Kyoto, hecho el 11 de diciembre de 1997, firmado en París, Francia, 22/10/2004.
  • Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de America sobre Cooperacion para la Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente en la Zona Fronteriza (Convenio de La Paz), firmado en La Paz, Baja California, 14/08/1983.
  • Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala sobre la Protección y Mejoramiento del Ambiente en la Zona Fronteriza, firmado en Guatemala, 10/04/1987.
  • Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de America sobre Cooperacion para la Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, firmado en Washington, D.C., 03/10/1989 7. Acuerdo de Cooperación Ambiental entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Canadá , firmado en Ciudad de México, 16/03/1990
  • Acuerdo de Cooperación en Materia de Medio Ambiente entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y la República Federativa del Brasil, firmado en Brasília, Brasil, 10/10/1990 9. Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y Belice sobre la Protección y Mejoramiento del Ambiente y Conservación de los Recursos Naturales en la Zona Fronteriza, firmado en Belmopan, Belice, 20/09/1991
Leyes Federales
  • Ley Federal de Responsabilidad Ambiental Artículo 1º: La presente Ley regula la responsabilidad ambiental que nace de los daños ocasionados al ambiente, así como la reparación y compensación de dichos daños cuando sea exigible a través de los procesos judiciales federales previstos por el artículo 17 constitucional, los mecanismos alternativos de solución de controversias, los procedimientos administrativos y aquellos que correspondan a la comisión de delitos contra el ambiente y la gestión ambiental.

  • Ley General de Población Artículo 1º: Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de observancia general en la República. Su objeto es regular los fenómenos que afectan a la población en cuanto a su volumen, estructura, dinámica y distribución en el territorio nacional, con el fin de lograr que participe justa y equitativamente de los beneficios del desarrollo económico y social.

  • Ley de Aguas Nacionales: Capítulo V - Control de Avenidas y Protección contra Inundaciones
    Artículo 83: "La Comisión", a través de los Organismos de Cuenca, en coordinación con los gobiernos estatales y municipales, o en concertación con personas físicas o morales, deberá construir y operar, según sea el caso, las obras para el control de avenidas y protección de zonas inundables, así como caminos y obras complementarias que hagan posible el mejor aprovechamiento de las tierras y la protección a centros de población, industriales y, en general, a las vidas de las personas y de sus bienes, conforme a las disposiciones del Título Octavo.
    "La Comisión", en los términos del reglamento, y con el apoyo de los Organismos de Cuenca, clasificará las zonas en atención a sus riesgos de posible inundación, emitirá las normas y, recomendaciones necesarias, establecerá las medidas de operación, control y seguimiento y aplicará los fondos de contingencia que se integren al efecto.”
    Artículo 84: "La Comisión" determinará la operación de la infraestructura hidráulica para el control de avenidas y tomará las medidas necesarias para dar seguimiento a fenómenos climatológicos extremos, promoviendo o realizando las acciones preventivas que se requieran; asimismo, realizará las acciones necesarias que al efecto acuerde su Consejo Técnico para atender las zonas de emergencia hidráulica o afectadas por fenómenos climatológicos extremos, en coordinación con las autoridades competentes.
  • Ley General Para La Prevención y Gestión Integral De Los Residuos.
  • Artículo 100. La legislación que expidan las entidades federativas, en relación con la generación, manejo y disposición final de residuos sólidos urbanos podrá contener las siguientes prohibiciones:
I. Verter residuos en la vía pública, predios baldíos, barrancas, cañadas, ductos de drenaje y alcantarillado, cableado eléctrico o telefónico, de gas; en cuerpos de agua; cavidades subterráneas; áreas naturales protegidas y zonas de conservación ecológica; zonas rurales y lugares no autorizados por la legislación aplicable;
II. Incinerar residuos a cielo abierto, y
III. Abrir nuevos tiraderos a cielo abierto.
Asimismo, prohibir la disposición final de neumáticos en predios baldíos, barrancas, cañadas, ductos de drenaje y alcantarillado, en cuerpos de agua y cavidades subterráneas.
Leyes Locales (Estados)
  • Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
  • Artículo 1: Esta Ley es de orden público e interés social, de aplicación y observancia general en el Estado de México, y tiene por objeto normar la explotación, uso, aprovechamiento, administración, control y suministro de las aguas de jurisdicción estatal y municipal y sus bienes inherentes, para la prestación de los servicios de agua potable, drenaje y alcantarillado, saneamiento, y tratamiento de aguas residuales, su reuso y la disposición final de sus productos resultantes.
  • Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
  • Artículo 90: Las autoridades del agua promoverán las medidas y acciones necesarias para proteger los recursos hídricos del Estado, en cantidad y calidad, y coadyuvarán con las autoridades competentes en la vigilancia y aplicación de las disposiciones legales en materia de equilibrio ecológico y protección al ambiente, de prevención y control de la contaminación del agua y de los ecosistemas relacionados.

  • Artículo 51. La infraestructura hidráulica para los servicios de drenaje, alcantarillado, saneamiento y tratamiento de aguas residuales para su reúso, comprende los colectores, subcolectores, cárcamos de bombeo, emisores, las plantas de tratamiento de aguas residuales, lagunas de oxidación, humedales, líneas moradas y las obras hidráulicas para la prevención de inundaciones, misma que será de jurisdicción Estatal cuando reciba descargas de aguas residuales o pluviales de más de un municipio.


  • Ley de Vivienda del Estado de México Artículo 16º: […] Concebir la vivienda como un sector de primera necesidad, a fin de fomentar el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de los centros de población; preservando los recursos y características naturales del medio ambiente y social.
Reglamentos
  • Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales.

  • Reglamento de la Ley General de Población.

  • Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios.

  • Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos.
    Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional.
  • Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera.
  • Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
  • Reglamento de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo del Sector Público Federal.
  • Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.
  • Reglamento Interior de Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
  • Reglamento Interior del Comité Técnico Nacional del Programa del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas.
  • Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.
  • Reglamento Del Libro Cuarto Del Código Para La Biodiversidad Del Estado De México.
  • Reglamento del servicio de alcantarillado y agua potable.




¿Cuál es la normatividad que existe respecto a la sustentabilidad y sostenibilidad?

El concepto de desarrollo sustentable como tal comenzó a dársele importancia en México hasta finales de los años ochenta, gracias al trabajo realizado por grupos de investigación que lo impulsaron desde la academia y la postura oficial de cumplir con acuerdos internacionales que proponían su implementación, transitando de esta forma hacia una segunda etapa de creación de nuevas dependencias y leyes para la realización de este proceso orientado a la sustentabilidad a nivel nacional y local.

Aunque el primer antecedente en el país data de 1983, cuando se creó la Subsecretaría de Ecología en el seno de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SEDUE), con lo cual se asignaron nuevas responsabilidades y se reagruparon funciones vinculadas con el medio ambiente que se encontraban dispersas en distintas dependencias federales, fue en 1988 cuando el proceso mundial agitado por el “Informe Brundtland” abre el tránsito hacia la sustentabilidad y de manera particular hace eco en México con la promulgación de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA).

En 1992, la SEDUE se transformó en la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) para propiciar un marco institucional más articulado entre las políticas sociales y ambientales. Poco tiempo después la Subsecretaría de Ecología separó sus funciones de normatividad y las de inspección y verificación, dando origen al Instituto Nacional de Ecología (INE) y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA). En el mismo año también se creó la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO).

En 1994, México da un gran salto institucional con la creación de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP), lo que fortaleció la gestión gubernamental considerando la conservación ecológica y el uso sustentable de los recursos. En el 2000, la SEMARNAP pasó a ser la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y el ámbito de responsabilidad de la pesca fue absorbido por el sector agropecuario. Y a partir de ese momento se han producido diversos cambios en la ingeniería institucional del sector gubernamental asociado a la gestión ambiental, los cuales buscan responder mejor a las complejas tareas que supone esta actividad. Algunas leyes relevantes que se han promulgado son:

La Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección del Medio Ambiente (1988, reformas en 2013)
Ley General de Vida Silvestre (2000, reformas en 2013)
Ley de Aguas Nacionales (1992, reformas en 2013)
Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables (2007, reformas en 2013)
Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (2003, reformas en 2013)
Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (2005)
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (2013, reformas en 2013)
Ley de Desarrollo Rural Sustentable (2001, reformas en 2012)


¿Cuáles son los factores que han generado dichos cambios?
Durante decenios, las políticas de desarrollo en México no dieron importancia a los costos económicos y sociales del crecimiento demográfico. La desigual distribución territorial de la población, el impacto de las actividades productivas y la urbanización sobre la calidad del aire, el agua y los suelos, ignorando las implicaciones de la degradación y destrucción de los recursos naturales, provocaron el surgimiento de graves crisis ambientales, especialmente en las zonas metropolitanas, así como la degradación de los suelos provocada por la deforestación en las zonas rurales.

Ante el creciente reclamo de la sociedad civil por la aparición de estas crisis, en la década de los setenta se crearon las primeras instituciones para atender los problemas derivados de la contaminación: en 1971 se promulgó la Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental; en 1972 se creó la Subsecretaría de Mejoramiento del Ambiente, en el marco de la Secretaría de Salud y Asistencia Pública, y en 1976 se estableció la Dirección General de Ecología Urbana dentro de la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas.


¿Qué se está haciendo para regular estas prácticas? Propone soluciones.


  • Promover la conservación, restauración y reforestación de las zonas naturales o ecosistemas, para disminuir el riesgo de sobrepoblación y cambio climático.
  • Implementar estrategias de reciclaje para reutilizar materiales como aluminio, cartón, plásticos y papel, y así evitar más contaminación.
  • Sustituir muebles sanitarios, regaderas y válvulas de alto consumo de agua por accesorios y mecanismos ahorradores.
  • Establecer una estrategia nacional (y asignarle el presupuesto correspondiente) para conservar los centros de origen, la agro‐biodiversidad o biodiversidad domesticada resguardada por las comunidades indígenas.
  • Otorgar concesiones y enmiendas  pesqueras geográficamente delimitadas, bajo criterios de manejo ecosistémico y equidad social, preferentemente a comunidades y grupos adyacentes a los sitios de pesca, para proporcionar certeza jurídica y eficientar el aprovechamiento y manejo de los recursos.
  • Instrumentar un programa nacional que promueva las buenas prácticas de manejo del territorio para detener la degradación y erosión del suelo, fortalecer la gobernanza, impulsar el manejo forestal comunitario sustentable y evitar la tala ilegal, incendios y plagas, en beneficio de todos los mexicanos y particularmente de las comunidades indígenas.
  • Promover la conservación, restauración y conectividad de los ecosistemas como fundamento para la disminución del riesgo a la población, el fortalecimiento de la infraestructura natural del país y la adaptación al cambio climático basada en los ecosistemas.
  • Consolidar las áreas naturales protegidas, que deberán contar con programa de manejo, personal y presupuesto suficiente, un consejo asesor que garantice la participación efectiva de las comunidades en la toma de decisiones, e impulsar la solidificación de sistemas estatales, municipales e instrumentos privados y comunitarios de conservación.
  • Aprobar una ley  de cambio climático con metas ambiciosas y mecanismos de asignación de recursos públicos, que promueva la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, la adaptación de las poblaciones humanas y los ecosistemas.
  • Afinar el auto regularmente para que contamine menos. Cumple con los procesos de verificación (de manera legal).
  • Consumir menos plástico y unicel. El plástico es un componente no natural, altamente contaminante, difícil de biodegradar y de reciclar  por su composición a base de petro polímeros. Dar preferencia a productos en vidrio, aluminio, cartón o materiales más amigables. Rechazar bolsas, popotes, envolturas y empaques no necesarios.







REFERENCIAS





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